NEGOCIOS ONLINE:EL COMERCIO ELECTRÓNICO
La llegada de las nuevas tecnologías ha traído grandes cambios en nuestra sociedad. A nivel empresarial ya es posible la creación de tiendas online, donde no existe un establecimiento físico y los productos no se muestran en escaparates. A esto se le denomina comercio electrónico y, al igual que ocurre en cualquier otra cuestión, está regulado legalmente.Son muchas las personas que piensan que Internet es un ámbito sin normas, una especie de vacío legal. Pero lo cierto es que también en Internet se deben cumplir las regulaciones marcadas por la Ley.
En lo relativo a este tema hay que tener en cuenta la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.
Esta Ley fue publicada por primera vez en 2002, pero desde entonces se ha actualizado en numerosas ocasiones. Es una actualización lógica si se tiene en cuenta lo mucho que ha cambiado la sociedad durante estos años.
La Ley establece las obligaciones de los prestadores de servicios, así como el régimen de responsabilidad. También explica las particularidades de los contratos celebrados en este ámbito, ya que lógicamente son distintos a los contratos físicos que firmamos en otros casos de la vida real-un contrato de alquiler, un préstamo del Banco...-.
Siguiendo lo establecido por la Ley, nuestro negocio será perfectamente válido.
Por lo demás, un abogado especializado le puede ayudar a montar su tienda online si no sabe cómo empezar: redacción de condiciones generales y particulares de contratación, defensa en caso de ser sancionados por incumplir la normativa, etc.
Por esto le invitamos a contactar con nosotros si necesita más información sobre el tema. Nuestro Despacho en Madrid, especializado en Derecho Mercantil, le ayudará en todos los trámites que necesite.
Puede ponerse en contacto telefónicamente o a través de esta página web.